A- de 2019
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alejandro Linares Cantillo
✓Claimant Adriana Lucia Mejia Turizo·Respondent Proteccion S.A.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
- Factor territorial
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero de Pequeñas Causas Laborales de Medellín y el Juzgado Promiscuo Municipal de Guacarí, (Valle del Cauca).
En este caso se configuró un conflicto negativo de competencias fundado en la aplicación del factor territorial.
Teniendo en cuenta que ambos despachos judiciales tienen esa clase de competencia para decidir la acción de tutela, la Sala Plena decide respetar la elección que hizo la accionante y dispone que sea el Juzgado de la ciudad de Medellín el que de manera inmediata le imparta el trámite correspondiente y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Al otro despacho se le advierte que los conflictos de competencia en materia de tutela deben ser resueltos, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996 y no por la Corte Constitucional, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corporación referidas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 8 de mayo de 2019 por el Juzgado
- Primero. Municipal de Pequenas Causas Laborales de Medellin, dentro del proceso de accion de tutela formulada por el representante legal de la Administradora del Fondo de Pensiones y Cesantias Proteccion S.A., en contra de la E.S.E. Hospital San Roque de Guacari, Valle del Cauca.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC- 3681 al Juzgado
- Primero. Municipal de Pequenas Causas Laborales de Medellin, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado Promiscuo Municipal de Guacari, Valle del Cauca, que los conflictos de competencia en materia de tutela deben ser resueltos, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996 y no por esta Corte, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, referidas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
- Cuarto. Por la Secretaria General de la corporacion, COMUNICAR a la parte demandante la decision adoptada en esta providencia y al Juzgado Promiscuo Municipal de Guacari, Valle del Cauca.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.